Regl. 6395, art. 5-5.02
Reglamento para la Distribución de Fondo para el Desarrollo Socioeconómico de las Comunidades Especiales de Puerto Rico.
Length: 131 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6395, Art. 5-5.02
Composición del Comité Evaluador
El Comité Evaluador estará integrado por siete (7) funcionarios
designados por el (la) Presidente(a) del Consejo Asesor y con la evaluación y
consentimiento de una mayoría simple de los miembros del consejo. Los
miembros del Comité Evaluador no podrán ser alcaldes electos ni funcionarios 0
empleados regulares 0 temporeros, ni por contrato de ningún municipio.
Tampoco serán parte del Comité Evaluador personas que contraten servicios
con el municipio solicitante de los fondos. Los miembros del Comité Evaluador
ejercerán sus cargos por el término de un (1) año y hasta que sus sucesores
sean designados. Los integrantes del Comité Evaluador elegirán un Presidente.
La Coordinadora de la Oficina será uno de los siete (7) miembros designados
para integrar el Comité, quien además actuará como Secretaria Ejecutiva del
mismo.