Regl. 6395, art. 5-5.05

Reglamento para la Distribución de Fondo para el Desarrollo Socioeconómico de las Comunidades Especiales de Puerto Rico.

Length: 77 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6395, Art. 5-5.05

Reuniones del Comité Evaluador El Comité Evaluador deberá celebrar una reunión ordinaria mensual, mientras sea necesario. No obstante, y a solicitud del(a) Coordinador(a) O convocatoria especial del Consejo, el Comité podrá efectuar aquellas reuniones extraordinarias que sean necesarias para considerar los asuntos que sean de su competencia y jurisdicción. Los miembros del Comité que no sean funcionarios públicos recibirán en concepto de dieta la cantidad a la que tengan derecho como miembros del Consejo por dicho concepto.
Regl. 6395, art. 5-5.05: Reglamento para la Distribución de Fondo para el Desarrollo Socioeconómico de las Comunidades Especiales de Puerto Rico. | Justis AI