Regl. 6395, art. 8-8.01
Contratación
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Cite as Reglamento Núm. 6395, Art. 8-8.01
Aquellas personas, organizaciones y entidades públicas y privadas que
hayan cumplido con todos los requisitos establecidos y que hayan recibido la
aprobación de su propuesta, de ser requeridos por el (la) Coordinador(a),
vendrán obligadas a formalizar un contrato con la Oficina, previo a recibir
cualquier desembolso del Fondo.