Regl. 6395, art. 8-8.03

Será requisito indispensable para el desembolso, la

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Cite as Reglamento Núm. 6395, Art. 8-8.03

presentación de un itinerario de cumplimiento que establezca las fechas de inicio y terminación del proyecto 0 trabajo a realizarse con los dineros del Fondo, que formará parte del contrato entre las partes.
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