Regl. 2456, art. 3

Propósito y Aplicación

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Cite as Reglamento Núm. 2456, Art. 3

Reglamentar la justificación, instalación y/o construcción de reductores de velocidad en las vías públicas de Puerto Rico. DTOP-2B Asunto: Para la Autorización e Instalación Reglamento Núm: de Controles Físicos de Velocidad en las Pág. 2 De 14 Vías Públicas de Puerto Rico 09-015 Aprobado ESL Por: Las disposiciones de este Reglamento se aplicarán a toda persona natural o jurídica, que solicite la construcción de reductores de velocidad en las vías públicas de Puerto Rico.
Regl. 2456, art. 3: Propósito y Aplicación | Justis AI