Regl. 6398, art. VI

ADIESTRAMIENTOS

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Cite as Reglamento Núm. 6398, Art. VI

1. Programa de Infraestructura Agrícola proveerá adiestramientos técnicos al personal a cargo de la asistencia a los solicitantes en el desarrollo de los proyectos, a fin de promover la más alta tecnología agrícola en el país. 6 2. Se autoriza al Programa de Infraestructura Agrícola a contratar asesores, especialistas y conferenciantes, de acuerdo al plan de adiestramientos que se establezca y los propósitos del mismo. 3. Se autoriza al Programa de Infraestructura Agrícola la utilización de recursos para adiestrar, visitar y estudiar proyectos y actividades relacionadas con la infraestructura agrícola.
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