Regl. 6398, art. XVI dup2
RESPONSABILIDAD Y COSTO DEL MANTENIMIENTO
Cite as Reglamento Núm. 6398, Art. XVI dup2
1.
El solicitante, una vez establecida la construcción de la infraestructura, será
responsable de darle el mantenimiento requerido para su funcionamiento adecuado.
Los costos del mantenimiento serán sufragados por el solicitante.
2.
Cualquier violación a los compromisos de mantenimiento quedará sujeta a lo
dispuesto en el ArtÃculo XXIII de este Reglamento.