Regl. 6399, art. VIII-8.3

Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo.

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Cite as Reglamento Núm. 6399, Art. VIII-8.3

La persona ante la cual se presenta la querella es responsable de actuar conforme a lo establecido en este Reglamento. El incumplimiento de estas responsabilidades constituirá un acto de indisciplina que conllevará las sanciones que corresponda, según el caso y conforme al Reglamento de Personal de la Autoridad Metropolitana de Autobuses.
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