Regl. 6399, art. VII-7.3

Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo.

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Cite as Reglamento Núm. 6399, Art. VII-7.3

Se informará a la parte querellante sobre sus derechos y los remedios disponibles bajo las leyes y reglamentos aplicables. Se le informará además, sobre el procedimiento de querella, los términos, etapas del mismo sobre la existencia y funciones del Coordinador 0 Coordinadora de casos de hostigamiento sexual en el empleo. Luego de la orientación recibida el querellante será referido al Coordinador 0 Coordinadora en el área de hostigamiento sexual. 6
Regl. 6399, art. VII-7.3: Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo. | Justis AI