Regl. 6399, art. VI-6.3

Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo.

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Cite as Reglamento Núm. 6399, Art. VI-6.3

La Oficina de Recursos Humanos de la Autoridad Metropolitana de Autobuses estará a cargo de: 1- La implantación de un Programa de Educación sobre Hostigamiento Sexual en el Empleo dentro de la Autoridad Metropolitana de Autobuses. 2- Vigilará que la Autoridad Metropolitana de Autobuses cumpla con las disposiciones de la Ley Número 17 de 22 de abril de 1988, la Ley Número 69 de 16 de julio de 1985 y la Ley Número 100 de 30 de junio de 1959, en lo que respecta a educación y toma de conciencia entre las personas sobre hostigamiento sexual en el empleo.
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