Regl. 6399, art. XI-11.3
Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo.
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Cite as Reglamento Núm. 6399, Art. XI-11.3
Toda querella para la que se haya producido una determinación incial favorable a la
parte querellante será investigada.
a-
La determinación de si existe 0 no causa suficiente para creer que se
trata de hostigamiento sexual en el empleo estará basada en una
investigación de la totalidad de las circunstancias de las alegaciones.
b-
El que el hostigamiento sexual haya cesado no será base para no
proceder con la investigación.
C-
El hecho de que la parte querellante accediera a alegadas insinuaciones
e invitaciones no será causa suficiente para que no se proceda con la
investigación.