Regl. 6399, art. XI-11.4
Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo.
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Cite as Reglamento Núm. 6399, Art. XI-11.4
La investigación debe iniciarse no más tarde de diez (10) días laborables a partir de la
fecha en que se presentó inicialmente la querella. Se entenderá iniciada la
investigación con la primera citación para tomar declaración a una de las partes,
testigos, etc..