Regl. 6399, art. XI-11.7
Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo.
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Cite as Reglamento Núm. 6399, Art. XI-11.7
A-
Cualquier testigo O persona que colabore en la investigación puede
presentar una querella contra cualquier persona empleada por la
Autoridad Metropolitana de Autobuses que tome acciones de represalia
en su contra por haber participado en la investigación. Una querella
presentada alegando una actuacion de este tipo se tramitará siguiendo
los mismos procedimientos establecidos en este Reglamento.
B-
La participación de un empleado o empleada en una investigación bajo
este Reglamento no constará en su expediente de personal.
C-
Toda persona a la que se tome declaración O de alguna manera colabore
en la investigación será orientada de su derecho bajo este Reglamento y
bajo la Ley Número 17 de 22 de abril de 1988.