Regl. 6399, art. XI-11.8

Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo.

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Cite as Reglamento Núm. 6399, Art. XI-11.8

Se rendirá un informe escrito sobre la investigación realizada en un término no mayor de treinta días a partir de la fecha en que se nombra a la persona a cargo de la misma: A- El informe sobre la investigación y el expediente de la misma se someterá al Vicepresidente de Recursos Humanos o Director (a) de Recursos Humanos y a la Presidenta de la Autoridad Metropolitana de Autobuses. B- El informe debe contar de la declaraciones tomadas, determinaciones de hechos, conclusiones y recomendaciones sobre acciones a tomar. C- Tanto a la parte querellante como a la parte querellada, el Vicepresidente de Recursos Humanos O Director (a) de Recursos Humanos le notificará por correo certificado con acuse de recibo el resultado de la investigación no más tarde de dos días laborables después de haberse entregado el informe de la investigación. 12
Regl. 6399, art. XI-11.8: Reglamento sobre la Politíca Pública Procedimiento de Querellas para Casos de Hostigamiento Sexual en el Empleo. | Justis AI