Regl. 6400, art. III-2

Reglamento para Impedir el Cambio No Autorizado de Proveedor de Telecomunicaciones

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Cite as Reglamento Núm. 6400, Art. III-2

Telemercadeo Para Cambio De Proveedor Las compañías de telecomunicaciones podrán llevar a cabo telemercadeo y aquéllas que lo efectúen se asegurarán de satisfacer los requisitos establecidos en Reglamentos y Leyes aplicables a llamadas de telemercadeo. El representante de la compañía que mercadea el servicio proveerá la siguiente información: A. Nombre de la compañía de telemercadeo. B. Nombre del proveedor al cual representa. C. Indicará que el propósito de la llamada es para ofrecer un cambio en el proveedor de servicio telefónico. D. Indicará que el proveedor no será sustituido a menos que el cliente lo autorice. E. Indicará si se le impondrá un cargo por concepto del cambio solicitado. F. La llamada no será confusa ni engañosa.
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