Regl. 6402, art. 12.2-14
AUTORIZACION PARA DIVULGAR
Cite as Reglamento Núm. 6402, Art. 12.2-14
INFORMACION FINANCIERA
Como requisito del Programa, los participantes deberán firmar una hoja
de autorización para divulgar información financiera, de modo que el
personal de la Administración para la Revitalización de las Comunidades
que labora para el Programa pueda accesar y recibir la información sobre
los depósitos realizados y el balance en las Cuentas de Ahorro y
Desarrollo Inidividual de cada participante en la Insitución Financiera
seleccionada.