Regl. 6402, art. 21.2
Ofrecer información falsa
Cite as Reglamento Núm. 6402, Art. 21.2
Si un solicitante ofreciera información falsa para hacerse elegible a los
beneficios del Programa y esta información es descubierta y corroborada
posterior a su elección como participante, se entenderá que ha cometido
fraude, se cancelerá su participación y será dado de baja del Programa,
perdiendo cualquier derecho sobre los fondos acumulados en concepto
de pareo en su Cuenta de Ahorro y Desarrollo Individual.