Regl. 2484, art. 5.4
ADMINISTRACION DE PERSONAL EN EL
Cite as Reglamento Núm. 2484, Art. 5.4
SERVICIO DE CONFIANZA
El Director emitirá las normas generales que regirán
la administración de personal en el servicio de confianza en
todo el Sistema de Personal.
La Oficina, en el caso de la Administración Central, y cada
Administrador Individual establecerá planes de clasificación y
de retribución uniformes para los pu estos y personal de confianza con funciones de formulación de polÃtica pública según
el inciso 1 de la Sección 5.2 que antecede y para aquellos con
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funciones de servicios directos al jefe de la agencia, y que
requieren confianza personal en alto grado, según el inciso 2
de la Sección 5.2 que antecede. Para dichos puestos se desarrollarán, en forma escrita, conceptos de clases y se les
aplicará, además, las técnicas y principios básicos de la
clasificación de puestos, pero tomando en consideración las
exigencias peculiares del servi cio de confianza.
La Oficina, en el caso de la Administración Central, y
cada Administrador Individual adoptarán la reglamentación
relativa al reclutamiento y selección; ascensos, traslados y
descensos; adiestramientos; y otras áreas inherentes a la
administración de personal en este servicio.
Los planes de clasificación y de retribución asà como la
reglamentación que adopten los Administradores Individuales
para el personal de confianza requerirán la previa aprobación
del Director. Estos deberán adoptarse en un perÃodo no mayor
de seis meses a partir de la efectividad de estas enmiendas.
En el caso de los Municipios, los planes de clasificación
y retribución deberán ser sometidos a la Asamblea Municipal
para su aprobación final.
La administración del personal que esté comprendido
en el servicio de confianza por disposiciones estatutarias
especiales se atendrá a lo dispuesto en dichos estatutos
especiales.
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Los empleados de confianza serán de libre selección
y remoción. En aquellos casos en que hayan sido nombrados por leyes especiales que requieran la formulación de
cargos, se procederá de conformidad.