Regl. 6422, art. VI-6.00
El Departamento de Recreación y Deportes será la única
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Cite as Reglamento Núm. 6422, Art. VI-6.00
agencia autorizada para expedir endosos y licencias a
actividades recreativas y deportivas realizadas en Puerto
Rico y lo hará tomando en consideración la garantía de la
seguridad para el pleno disfrute de las mismas.
A continuación se detallan los términos de vigencia cada
uno de ellos:
5
Clasificación
Vigencia
Endosos
Competencias de vehículos de motor
Competencias de Lucha Libre
Carteleras de Boxeo
Duración del evento
Intercambios Deportivos
Cruces a Nado y Tríalos
Actividades y Eventos Multitudinarios
Maratones
Bicicletadas
Otros eventos recreativos O deportivos
Licencias
Polígonos de Tiro
Gimnasios
1 Año
Escuelas de Deportes
Campamentos
6