Regl. 6422, art. VI-6.00

El Departamento de Recreación y Deportes será la única

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Cite as Reglamento Núm. 6422, Art. VI-6.00

agencia autorizada para expedir endosos y licencias a actividades recreativas y deportivas realizadas en Puerto Rico y lo hará tomando en consideración la garantía de la seguridad para el pleno disfrute de las mismas. A continuación se detallan los términos de vigencia cada uno de ellos: 5 Clasificación Vigencia Endosos Competencias de vehículos de motor Competencias de Lucha Libre Carteleras de Boxeo Duración del evento Intercambios Deportivos Cruces a Nado y Tríalos Actividades y Eventos Multitudinarios Maratones Bicicletadas Otros eventos recreativos O deportivos Licencias Polígonos de Tiro Gimnasios 1 Año Escuelas de Deportes Campamentos 6
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