Regl. 2490, art. 1910.110
Almacenado y manejo de gases de petróleo licuados. La sección 1910.110 contiene
Cite as Reglamento Núm. 2490, Art. 1910.110
un gran número de requisitos de propiedad y seguridad pública para instalaciones, uso y manejo
de gas de petróleo licuado (LPG)
Los párrafos 1910.110(a)(17) y (a)(18) prescriben definiciones para las reglamentaciones y
requisitos de DOT. Todos los comentarios recibidos fueron en favor de la revocación de estas
definiciones. Por lo tanto, debido a que las definiciones en los párrafos 1910.110(a)(17)y (a)(18)
son inconsecuentes en naturaleza y pertinentes a normas de otra agencia reglamentaria, están
revocados.
Los párrafos 1910.110(b)(6)(ii) y (b)(6)(iv) prescriben las localizaciones para envases de LPG. La
vasta mayorÃa de los comentarios recibidos favorecen la revocación de estas disposiciones. Las
disposiciones están dirigidas hacia la protección de la propiedad y si la intención está reglamentada
y controlada por los oficiales de edificios e incendios locales.
Por lo tanto, la frase "o lÃnea de propiedad adyacentes en la cual se pueda construir" en el párrafo
1910.110(b)(6)(ii) y todo el párrafo (b)(6)(iv) está revocado porque está dirigido a la protección de
la propiedad que esté más allá de la autoridad reglamentaria de OSHA y además, la seguridad de
los empleados no estará comprometida.
30
Los párrafos 1910.110 (b)(11)(iii)(f), (b)(11)(iv)(g) y (b)(15)(viii)(b) tienen que ver con las
distancias mÃnimas que los vaporizadores y carros tanques o camiones de transporte y los puntos
de carga y descarga puedan estar localizados a propiedad adyacente. La vasta mayorÃa de los
comentarios recibidos fueron en favor de la revocación de estas disposiciones. Por lo tanto, la frase
"o lÃnea de propiedad adjunta en la cual pudiera construirse" en los párrafos 1910.110(b)(11)(iii)(i),
(b)(11)(iv)(g) y todo el párrafo (b)(15)(viii)(b) están revocados porque está dirigidos a la protección
de la propiedad, que está fuera de la autoridad reglamentaria de OSHA.
Los párrafos 1910.110(c)(5)(iv), (a), (a)(1), (a)(2), (a)(3) y (b) prescriben los requisitos que están
dirigidos solamente a la protección pública. Consistente con la abrumadora mayorÃa de los
comentarios recibidos, los párrafos 1910.110(c)(5)(iv)(a), (a)(1), (a)(2), (a)(3) y (b) están
revocados.
El párrafo 1910.110(c)(5)(ix)(c) especifica que los envases de LPG deberá ser removidos del
edificio una vez la clase de adiestramiento haya terminado. Una abrumadora mayorÃa de los
comentarios recibidos fueron en favor de la revocación de estas disposiciones. Ya que esta
disposición está dirigida a la protección de la propiedad, el párrafo 1910.110(c)(5)(ix)(c) está
revocado.
Los párrafos 1910.110(d)(13)(i)(b), (d)(13)(ii)(a) y (d)(13)(iii)(b) prescriben las localizaciones para
cuartos de cargado de envases. La mayorÃa de los comentarios recibidos favorecieron la revocación
de estas disposiciones. Las disposiciones están dirigidas hacia la protección apropiada de los
futuros edificios y la intención de las disposiciones están reglamentadas y controladas por los
oficiales locales de edificios e incendios. Por lo tanto, los párrafos 1910.110 (d)(13)(i)(b),
(d)(13)(ii)(a) y (d)(13)(iii)(b) están revocados porque están dirigidos a la protección de la
propiedad.
El párrafo 1910.110(d)(15) establece "Los envases sobre tierra deberán mantenerse apropiadamente
pintados". La vasta mayorÃa de los comentarios recibidos estuvieron a favor de la revocación de
esta disposición. Por lo tanto, el párrafo 1910.110(d)(15) está revocado porque está dirigido a la
protección de la propiedad, lo que está fuera de la autoridad reglamentaria de OSHA.
Los párrafos 1910.110(e)(13)(iii), (e)(13)(iv), (f)(3)(i) y (f)(3)(iii) prescriben requisitos para el uso
de camiones industriales de LPG y el almacenado de cilindros de LPG dentro de los edificios
frecuentados por el público. La mayorÃa de los comentarios recibidos favorecieron la revocación
de estas disposiciones. Por lo tanto, el párrafo 1910.110(e)(13)(iii), (e)(13)(iv), (f)(3)(i) y (f)(3)(ii)
están revocados, ya que la protección del público en general no tiene impacto particular sobre la
seguridad de los empleados.
Los párrafos 1910.110 (f)(6)(i)(b), (f)(6)(i)(d) y la frase "y las lÃneas de propiedad adyacentes sobre
las cuales pudiera construirse" en el párrafo (h)(6)(i)(a) prescriben la localización de los envases
almacenados fuera y de los envases almacenados en estaciones de servicio. La mayorÃa de los
comentarios recibidos favorecieron la revocación de estas disposiciones, ya que tienen que ver con
31
la protección de la propiedad. De conformidad, los párrafos 1910.110(b)(6)(i)(b), (f)(6)(i)(d) y la
frase "y las lÃneas de propiedad adyacentes sobre las cuales se pudiera construir" en el párrafo
(h)(6)(i)(a) están revocadas.
El párrafo 1910.110(g)(1) especifica la aplicación de los requisitos para sistemas de LPG usados
en vehÃculos y arrastres. La frase propuesta para revocación "o propósitos de servicio público tales
como bibliotecas 0 clÃnicas rodantes" tiene que ver con la seguridad pública. La vasta mayorÃa de
los comentarios recibidos están a favor de la revocación de este requisito. Por lo tanto, la frase
mostrada anteriormente en el párrafo 1910.110(g)(1) está revocada porque discute un asunto de
seguridad pública.