Regl. 6426, art. 8.2-15
Certificación al Consejo
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Cite as Reglamento Núm. 6426, Art. 8.2-15
Toda institución certificará al Consejo de Educación Superior, en o antes del 31
de diciembre de cada año, que:
a) Sus normas reglamentarias institucionales están en vigor y cumplen con el
ArtÃculo 12 de este Reglamento;
b) Su Registro está actualizado y cumple con los ArtÃculos 10 y 11 de este
Reglamento.