Regl. 6440, art. 20 dup2

Procedimientos de Asignación Exclusiva

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Cite as Reglamento Núm. 6440, Art. 20 dup2

20.1 Procedimientos para solicitar asignaciones exclusivas 0 restringidas a- Servidores públicos elegibles para asignación exclusiva ilimitada. Solamente tiene privilegio de asignación exclusiva ilimitada e inmediata el Secretario y el Subsecretario. b- Servidores públicos elegibles para asignación exclusiva limitada o restringida. Si un servidor público interesa la asignación exclusiva limitada o restringida de un vehículo oficial someterá la petición por escrito al Secretario o Representante Autorizado en un formulario diseñado a esos efectos, que incluya la siguientes información: 1- Nombre del servidor público. 2- Dirección del servidor público. 3- Cargo que ocupa. 25 4- Fecha de designación. 5- Número de licencia del Departamento de Transportación y Obras Públicas. 6- Fecha de expedición y de expiración de la licencia. 7- Razones por las cuales solicita la asignación. 8- Razones por las cuales no puede usar un vehículo del "pool" y no puede o debe usar su propio vehículo. 9- Por ciento de horas laborables que necesitará el vehículo. 10- Término por el cual se solicita la asignación. 11- Tipo de asignación (Uso Exclusivo Limitado o Restringido). c- Evaluación de la Solicitud por el Gerente de Transportación. El Secretario o su representante Autorizado correspondiente, de entender que la solicitud procede, la someterá para la acción que corresponda al Gerente de Transportación, quien evaluará la disponibilidad de vehículos y si el solicitante cumple con los requisitos para la designación según se establece en este Reglamento y las Ordenes Ejecutivas del Gobernador que estén vigentes. 26 CAPÍTULO VII - --- USO
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