Regl. 6440, art. 3
Propósito
Cite as Reglamento Núm. 6440, Art. 3
El propósito de este Reglamento es cumplir con las disposiciones del Plan de
Reorganización Núm. 1 de 9 de diciembre de 1993 y establecer la política general
y normas a seguir para el control, uso, mantenimiento, identificación, adquisición
y disposición de los vehículos oficiales del Departamento de Recursos Naturales y
Ambientales. Se persigue con su promulgación que el mismo sirva de base para
el establecimiento de un sistema que propicie una mayor flexibilidad y agilidad
operacional al Departamento y sus Componentes Operacionales en la
Administración de la flota de vehículos. Con este Reglamento se establece las
normas que regirán la identificación y control de cada vehículo oficial, las
normas que establecen el alcance del uso, y el uso adecuado de los vehículos de la
flota del Departamento y las reglas de mantenimiento de los vehículos oficiales;
las normas que regulan a los Gerentes de Transportación, quiénes serán los
representantes del Secretario Auxiliar del Área de Asuntos Gerenciales, Gerentes
Auxiliares de Transportación, Inspectores de Investigaciones y las que regulará a
los conductores. Este Reglamento, en fin, promueve las actividades de la flota de
los vehículos oficiales del Departamento, además, establece las obligaciones y
responsabilidades de todas los servidores públicos que están directas o
indirectamente en contacto con la flota de vehículos que administra este
Departamento.
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