Regl. 6440, art. 9 dup2
Definiciones
Cite as Reglamento Núm. 6440, Art. 9 dup2
9.1 Administrador -
Servidor público nombrado por el Secretario para dirigir la Administración creada
por el Plan de Reorganización Núm. 1 del 9 de diciembre de 1993.
9.2
Adquirir -
Procurar o conseguir servicios y bienes muebles en existencia u obras que se
pueden obtener mediante cualesquiera de los medios y formas establecidas en este
Reglamento.
9.3
Asignaciones Originales y Compulsorias -
Son las asignaciones que se realizan en primera instancia, luego de adquirirse un
vehículo. Para ello se toma en consideración el origen y propósito de los fondos
utilizados para la compra.
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9.4
Asignaciones Discrecionales -
Son asignaciones de vehículos de motor que realiza el Secretario o su Representante
autorizado por el bien del servicio.
9.5
Centro de Servicios -
Unidades operacionales regulares para la prestación de los servicios del
Departamento.
9.6
Componentes Operacionales -
Se refiere a las Administraciones creada y adscrita mediante el Plan de
Reorganización Núm. 1 del 9 de diciembre de 1993.
9.7
Conductor Autorizado -
Servidor público a quien se le autorice a conducir un vehículo oficial, de acuerdo a
las normas y procedimientos establecidos en este Reglamento.
9.8
Conductor Especial -
Es una persona no empleada del Gobierno o empleado del Departamento o de otra
Agencia que la Unidad de Transportación central le expida una autorización para
conducir un vehículo oficial del Departamento, en una actividad propia del
Departamento o para beneficio de éste en ocasiones específicas, determinadas y
limitadas.
9.9
Conductor Oficial
Servidor público que ocupa un puesto de Conductor en el Departamento.
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9.10 Delegar -
Dar autoridad a los Componentes Operacionales y a otros servidores públicos del
Departamento de las funciones que este Reglamento adjudica al Secretario.
9.11 Departamento -
El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y sus Componentes
Operacionales.
9.12 Gerente de Transportación -
Servidor público que dirige la Unidad de Transportación Central.
9.13 Disposición
Procedimiento que se utiliza para eliminar o dar de baja vehículos oficiales de la
flota del Departamento.
9.14 Gerentes Auxiliares de Transportación
Servidores públicos de los Componentes Operacionales que tendrá a su cargo la
administración de la flota de vehículos oficiales.
9.15 Facilidades -
Significará cualquier estructura o institución del Departamento de Recursos
Naturales y Ambientales y sus Componentes Operacionales dedicadas a la
prestación de servicios directos o administrativos.
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9.16 Flota -
La totalidad de los vehículos de transportación terrestre, marítima y aérea del
Departamento, irrelevante de donde estén ubicados o asignados.
9.17 Pool
Conjunto de vehículos para uso común, de acuerdo a las necesidades de servicio.
9.18 Representante Autorizado -
Servidor público autorizado por el Secretario para realizar funciones expresadas en
este Reglamento.
9.19 Secretariado -
Conjuntos de Unidades asesoras y de apoyo para el Departamento, integradas por
oficinas que responden directamente al Secretario, Área de Asuntos Gerenciales,
Planificación Integral, Información y Educación, Oficina de Secretaría y Oficinas
Asesoras.
9.20 Secretario -
Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.
9.21 Subsecretario -
Sustituye al Secretario en ausencia de éste.
9.22 Uso
Es el aprovechamiento de la transportación que se provee para llevar a cabo
gestiones oficiales de trabajo, que de otra forma tendrían que efectuarse en un
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medio de transportación privado o público. No se entenderá como uso, para los
efectos de este Reglamento, el conducir un vehículo oficial como gestión oficial, tal
como lo puede hacer un mensajero o un conductor de Gobierno.
9.23 Vehículo Oficial -
Todo vehículo de transportación terrestre, marítima y aérea del Departamento
adquirido y que se utiliza para la prestación de servicios, transportación de
empleados y suministros.
9.24 Vida útil -
Vida productiva del vehículo que se intenta reparar comparado con el costo de la
reparación.
9.25 Gerente Auxiliar -
Servidor público de los Componentes Operacionales que tendrá a su cargo la
administración de la flota de vehículos oficiales y le rendirán al Gerente de la
Unidad de Transportación Central.
9.26 Inspector de Investigaciones -
Servidor público que tendrá a su cargo investigar todo lo relacionado al uso
adecuado de la Flota de Vehículos oficiales y velará por el fiel cumplimiento de
este Reglamento.
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CAPÍTULO III - UNIDAD DE TRANSPORTACIÓN CENTRAL