Regl. 6442, art. 26 dup2

Notificación a los abogados de las partes

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Cite as Reglamento Núm. 6442, Art. 26 dup2

Toda parte que esté representada por abogado recibirá las notificaciones de los documentos, citaciones y demás incidencias del caso por conducto de su abogado, excepto que el oficial examinador disponga otra cosa. Si las partes así lo 26 acuerdan, las notificaciones se podrán realizar mediante correo electrónico (e- mail), fax o algún otro medio y deberá haber constancia del recibo.
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