Regl. 6442, art. 6
Reglamento de procedimientos administrativos del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.
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Cite as Reglamento Núm. 6442, Art. 6
Carta de Derechos
En todo procedimiento adjudicativo formal ante la Agencia se salvaguardarán los
siguientes derechos:
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a. Derecho a notificación oportuna de los cargos o querellas o reclamos en
contra de una parte.
b. Derecho a presentar evidencia.
c. Derecho a una adjudicación imparcial.
d. Derecho a que la decisión sea basada en el expediente.