Regl. 6442, art. 6

Reglamento de procedimientos administrativos del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.

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Cite as Reglamento Núm. 6442, Art. 6

Carta de Derechos En todo procedimiento adjudicativo formal ante la Agencia se salvaguardarán los siguientes derechos: 4 a. Derecho a notificación oportuna de los cargos o querellas o reclamos en contra de una parte. b. Derecho a presentar evidencia. c. Derecho a una adjudicación imparcial. d. Derecho a que la decisión sea basada en el expediente.
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