Regl. 6445, art. 11-11

VIGENCIA

Length: 263 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6445, Art. 11-11

Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico, conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. En San Juan, Puerto Rico, hoy 24 de octube de 2001. Dharulle Lcda. Anabelle Rodríguez Rodríguez Secretaria de Justicia 8 F-NIE-002 Estado Libre Asociado de Puerto Rico NEGOCIADO DE INVESTIGACIONES ESPECIALES Departamento de Justicia SOLICITUD PARA EXAMINAR o ENTREGAR EXPEDIENTES DEL NIE ARCHIVADOS EN LA BÓVEDA DE DOCUMENTOS Fecha Solicitud: Número del Caso: Persona que Solicita: División que Solicita: Propósito de la Solicitud: Examinar ( ) Entregar ( ) APROBACIÓN INICIAL DEL DIRECTOR AUXILIAR Nombre Director Auxiliar Firma Director Auxiliar Si NO Autorizo a: Examinar ( ) Entregar ( ) Expediente. Otro () Explique Fecha Director del NIE PARA USO DE LA BÓVEDA SOLAMENTE Persona que Examina 0 Recibe el Expediente: Firma: Fecha y Hora que se Examinó ( ) 0 Entregó ( ) el Expediente: Firma del Encargado de la Bóveda : Fecha devolución del Expediente a la Bóveda: Persona que Entrega: F-NIE-001 Estado Libre Asociado de Puerto Rico NEGOCIADO DE INVESTIGACIONES ESPECIALES Departamento de Justicia JUSTICIA SOLICITUD DE NÚMERO DE CASO PARA INVESTIGACION Querellante : Querellado : Breve relación de los hechos : Lugar de los hechos : Fecha y hora de los hechos : División que solicita número : Fecha de la solicitud : Agente Asignado : Sección El Expediente se mantendrá : bajo la Custodia del Director Aux. Firma del Supervisor Firma del Director Auxiliar
Regl. 6445, art. 11-11: VIGENCIA | Justis AI