Regl. 6445, art. 11-9

DISPOSICIÓN DE DOCUMENTOS O EXPEDIENTES

Length: 64 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6445, Art. 11-9

a- El funcionario encargado de la Bóveda de Documentos preparará un informe anualmente de aquellos expedientes de los cuales se pueda disponer por tener el tiempo reglamentario para tales efectos. El Director del Negociado autorizará la disposición correspondiente de estos expedientes, de acuerdo con la Ley y los Reglamentos pertinentes. 7 b- El encargado de la Bóveda de Documentos supervisará el proceso de disposición.
Regl. 6445, art. 11-9: DISPOSICIÓN DE DOCUMENTOS O EXPEDIENTES | Justis AI