Regl. 6446, art. 4.2-1.2

Reglamento de Armas de Fuego y Municiones.

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Cite as Reglamento Núm. 6446, Art. 4.2-1.2

- AUTORIDAD LEGAL Este Reglamento se promulga en virtud de la facultad que confiere el Artículo 5 de la Ley Núm. 38 del 13 de julio de 1978, según enmendada, conocida como Ley del Negociado de Investigaciones Especiales de Departamento de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, 3 L.P.R.A. sec. 138d.
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