Regl. 6446, art. 4.2-2.13

Reglamento de Armas de Fuego y Municiones.

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Cite as Reglamento Núm. 6446, Art. 4.2-2.13

- MUNICIONES Todo funcionario con arma asignada recibirá treinta (30) balas. El Custodio de Armas será la persona encargada de entregar dichas municiones. La pérdida o uso de las municiones asignadas deberá notificarse por escrito al Custodio de Armas.
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