Regl. 6446, art. 4.2-2.4
Reglamento de Armas de Fuego y Municiones.
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Cite as Reglamento Núm. 6446, Art. 4.2-2.4
CUIDO Y MANTENIMIENTO
Todo funcionario será responsable de la custodia, cuido, mantenimiento y buen
funcionamiento de su arma de reglamento. El mantenimiento de la misma se
realizará en un lugar seguro, fuera del área de trabajo. El funcionario será
responsable de guardar el arma de reglamento en un lugar seguro cuando se
encuentre en su residencia.