Regl. 6446, art. 4.2-3.2
Reglamento de Armas de Fuego y Municiones.
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Cite as Reglamento Núm. 6446, Art. 4.2-3.2
MAL USO DE UN ARMA DE FUEGO EN
ADIESTRAMIENTO DE ARMAS
1. En cualquier momento que un funcionario no observe las normas de
seguridad en un adiestramiento práctico de armas de fuego, podrá ser
desarmado temporeramente mientras dure dicho adiestramiento. Esta
acción podrá ser tomada únicamente por el Instructor a cargo del
adiestramiento.
2. De ser necesario el Instructor rendirá un informe al Director sobre los
hechos que motivaron el desarme.