Regl. 6446, art. 4.2-3.2

Reglamento de Armas de Fuego y Municiones.

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Cite as Reglamento Núm. 6446, Art. 4.2-3.2

MAL USO DE UN ARMA DE FUEGO EN ADIESTRAMIENTO DE ARMAS 1. En cualquier momento que un funcionario no observe las normas de seguridad en un adiestramiento práctico de armas de fuego, podrá ser desarmado temporeramente mientras dure dicho adiestramiento. Esta acción podrá ser tomada únicamente por el Instructor a cargo del adiestramiento. 2. De ser necesario el Instructor rendirá un informe al Director sobre los hechos que motivaron el desarme.
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