Regl. 6456, art. 2-1
Enmiendas
Cite as Reglamento Núm. 6456, Art. 2-1
A. El Consejo aprobará las enmiendas, procedimientos y
formularios que sean necesarios para instrumentar las
disposiciones de este Reglamento.
Regl. 6456, art. 2-1
Cite as Reglamento Núm. 6456, Art. 2-1