Regl. 6469, art. 14 dup2
OBLIGACIONES DE LA JUNTA DE SUBASTAS o DEL JEFE
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Cite as Reglamento Núm. 6469, Art. 14 dup2
DE LA AGENCIA
La Junta de Subastas o el Jefe de Agencia de cuya determinación se recurra
ante la Junta, tendrá, cinco (5) dÃas laborables, contados desde la fecha de
notificación de la Solicitud de Reconsideración, para radicar ante la Junta su
contestación a los planteamientos hechos en la Solicitud de Reconsideración.
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En caso de que la Junta de Subastas o el Jefe de Agencia entienda que
necesitan tiempo adicional, tendrán que solicitarlo y justificarlo mediante escrito.
Dicho término no será mayor de tres (3) dÃas.