Regl. 6469, art. 17 dup2
APLICACIÓN DE LAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL
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Cite as Reglamento Núm. 6469, Art. 17 dup2
Y DE EVIDENCIA
No serán de aplicación las Reglas de Procedimiento Civil ni las Reglas de
Evidencia en los procedimientos ante la Junta, excepto que la Junta determine que
contribuyen a una solución justa, rápida y económica de los procedimientos.
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