Regl. 6469, art. 21 dup2

NOTIFICACIÓN Y TÉRMINO PARA RECURRIR AL

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Cite as Reglamento Núm. 6469, Art. 21 dup2

TRIBUNAL La Junta de Reconsideración de Subastas evaluará la validez de la solicitud, resolverá la misma en sus méritos y notificará por escrito a todos los interesados 18 dentro del término de noventa (90) días siguientes a la fecha de recibida y registrada la radicación de la solicitud y pasado el término para que todas las partes (entiéndase licitador agraciado de la subasta, Junta de Subastas y parte interventora, si alguna) presenten sus réplicas o escritos conforme se establece en los Artículos 11, 12, 13 y 14 de este Reglamento. Si la Junta dejare de tomar acción sobre el recurso dentro de los noventa (90) días de haberse presentado y registrado todas las comparecencias escritas o vencidos sus términos, se entenderá que ésta ha sido rechazada de plano, y a partir de esa fecha comenzará a transcurrir el término para solicitar revisión judicial. En ese caso, sería discrecional exponer determinaciones de hechos y conclusiones de derecho. La resolución de la Junta se notificará por correo ordinario a las partes que hayan comparecido formalmente ante ella. En los casos en que se celebre una vista administrativa ante la Junta y alguna parte no haya comparecido tras haber sido debidamente notificada de la vista, se le notificará de la resolución de la Junta.
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