Regl. 6470, art. XIX-19.6

Preparación de las Especificaciones

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Cite as Reglamento Núm. 6470, Art. XIX-19.6

Los términos y condiciones generales de las Subastas los redactará la Oficina de la Junta; las especificaciones especiales y/o detallados las redactará la Oficina de Compras de la agencia peticionaria, con excepción de aquellas relacionadas con servicio de mantenimiento, ingeniería y construcción. Ambas oficinas someterán las especificaciones al área de administración y al jefe de la agencia que solicita la subasta para su revisión, excepto por lo dispuesto en el Artículo XVII, Sección 17.5, Inciso 4, Apartado (b). 1. Obligación del Área de Administración El Área de Administración de la agencia que solicita la subasta no aceptará ni procesará ninguna solicitud en la cual no se hayan incluido 50 unas especificaciones detalladas de lo solicitado, excepto en aquellos casos expresamente autorizados por el Reglamento. De igual forma no procesará ni referirá a la Oficina de la Junta, cualquier solicitud que no venga acompañada de la separación de fondos certificada y con las autorizaciones correspondientes. a. Revisión AI preparar el Pliego de la Subasta, el Área de Administración de la agencia concernida revisará las especificaciones sometidas por la oficina de compras de la agencia peticionaria y se asegurará de lo siguiente: 1) Que estén al día; 2) Que estén claras, precisas y completas; 3) Que no sean restrictivas; 4) Que contengan lo que básicamente se requiere para describir lo solicitado; 5) Separación de fondos; 6) En los casos que aplique las autorizaciones de las agencias concernidas. (Ej. OGP, ASG y AEP)
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