Regl. 6470, art. XV-15.4 dup2

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Cite as Reglamento Núm. 6470, Art. XV-15.4 dup2

Del resultado de las reuniones de la Junta, se guardará constancia en los siguientes documentos: 1. Reunión de Adjudicación Las decisiones tomadas por la Junta sobre cada subasta ante su consideración se adoptarán por escrito en un documento titulado Minuta de Adjudicación. 2. Minuta de Adjudicación a. Aprobación Las adjudicaciones deberán ser aprobadas por la mayoría de los miembros asistentes. b. Contenido La adjudicación deberá constar de por lo menos las siguientes partes: el resumen de las ofertas, y el fundamento para adjudicación o rechazo de cada partida. C. Firmas La adjudicación tendrá la fecha y firma de todos los miembros que participaron en la adjudicación y se certificará por el(la) Secretario(a). 27 Cualquier miembro podrá disentir y podrá emitir un voto disidente el cual formará parte del expediente. 3. Acuerdo Toda decisión de la Junta que no conlleve adjudicación constará en un documento titulado "Acuerdo". a. Aprobación Los acuerdos serán aprobados por la mayoría de sus miembros. b. Contenido El acuerdo contendrá lo siguiente: 1. Asistencias; 2. Fecha, hora y lugar de la reunión; 3. Asunto discutido; 4. Breve exposición del acuerdo; 5. Firma de los asistentes que aprobaron el acuerdo; 6. Firma de los asistentes que no aprobaron el acuerdo; y 7. Certificación del(de la) Secretario(a).
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