Regl. 6470, art. XXII-22.1
Recibo del Expediente
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Cite as Reglamento Núm. 6470, Art. XXII-22.1
Los miembros de la Junta o el Comité Evaluador, (designado por el(la)
Secretario(a) del Departamento de Corrección y Rehabilitación en las subastas que
lo requieran), recibirán el expediente de la subasta para estudio y evaluación
preliminar de las ofertas, asegurándose cuando lo reciba que el expediente esté
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completo. Si faltaren documentos, a juicio de los miembros se le requerirán a la
Secretaria y la controversia tendrá que aclararse dentro de las veinticuatro (24)
horas del envÃo del expediente por la misma. Los miembros de la Junta certificarán
que cumplirán con el principio de confidencialidad que rigen en los procesos de
subasta.