Regl. 6470, art. XXII-22.4
Prohibición
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Cite as Reglamento Núm. 6470, Art. XXII-22.4
Ninguna persona adscrita a la agencia podrá en ningún momento hacer
manifestaciones públicas o privadas sobre las recomendaciones del Informe del
Comité Evaluador o posibilidad de adjudicaciones de la subasta en cuestión. Los
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miembros y funcionarios de la Junta certificarán que cumplirán con el principio de
confidencialidad que rige en los procesos de subasta.