Regl. 6470, art. XX-20.7
Enmiendas antes de la Apertura
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Cite as Reglamento Núm. 6470, Art. XX-20.7
1. Tipos
Hay dos tipos básicos de enmiendas: las que surgen como
consecuencia de errores y las que surgen como consecuencia de
modificaciones en las ofertas ambas efectuadas antes del Acto de
Apertura.
a. Error
Cuando un licitador se diere cuenta que ha cometido un error en
una oferta, deberá notificarlo por escrito y asegurarse de someter
su corrección a la Junta antes de la apertura de la subasta si
desea que se considere su oferta enmendada.
1) Error en las Sumas
Errores en las sumas no se tomarán en cuenta puesto que la
Junta se atendrá a las cifras en las partidas. De adjudicarse
una subasta hará la correspondiente corrección en la suma.
b. Modificaciones en las Ofertas
1) Cuándo Proceden
Las modificaciones en las ofertas se podrán hacer en una de
las siguientes circunstancias:
(a) Cuando se enmiende el Pliego de la Subasta,
(b) Cuando el licitador asà lo solicite antes de la apertura.
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2) Término
Las ofertas tendrán que modificarse antes de la apertura de
la subasta.
3) Como hacer las Enmiendas
Las ofertas se enmendarán por escrito y en los casos que se
hagan por interés del licitador, deberán acompañarse de toda
la información que tienda a demostrar la razón para ello, si a
juicio del licitador es necesario llevarlo a conocimiento de la
Junta de Subastas.
(a) Cómo se Entregarán
Las ofertas enmendadas se entregarán de la misma
forma que las ofertas originales.
(b) Requisitos Formales
Todo sobre que contenga enmiendas a las ofertas
deberá venir debidamente identificado igual que el sobre
de la oferta original, además de la frase "Enmienda".
La Junta no considerará aquella enmienda que le llegue
después de la hora y fecha de entrega para la subasta
correspondiente por no haberse identificado el sobre
como negligencia del licitador. No podrá tomarse acción
en contra de la Junta.
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