Regl. 6470, art. XX-20.8

Retiro de Ofertas

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Cite as Reglamento Núm. 6470, Art. XX-20.8

Las ofertas podrán retirarse sujeto a lo aquí establecido. 1. Requisito a. La notificación de retiro de oferta se presentará por carta certificada con acuse de recibo o personalmente en la Secretaría haciendo constar las razones para ello. Bajo ningún concepto se aceptarán notificaciones verbales. b. La notificación de retiro deberá estar en la Junta antes del inicio del Acto de Apertura de la subasta. 2. Efecto del Retiro Injustificado Cuando un licitador retirare su oferta por correo y conste por el matasello del correo federal que el retiro fue enviado antes del acto de apertura, y éste llegare a la Junta después del acto de apertura, pero antes de la adjudicación, la Junta no considerará esta oferta. Si un licitador retirare su oferta, pero el matasellos del sobre refleja hora y día posterior del acto de apertura y se hubiere recibido en la Junta después de la adjudicación a su favor, tendrá que cumplir con el contrato y no podrá alegar el retiro tardío a su favor. En caso de negarse a cumplir, se procederá a ejecutar la garantía para que responda por el exceso que el Departamento o la agencia componente tenga que pagar al segundo postor. 69
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