Regl. 6470, art. XX-20.8
Retiro de Ofertas
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Cite as Reglamento Núm. 6470, Art. XX-20.8
Las ofertas podrán retirarse sujeto a lo aquà establecido.
1. Requisito
a. La notificación de retiro de oferta se presentará por carta
certificada con acuse de recibo o personalmente en la SecretarÃa
haciendo constar las razones para ello. Bajo ningún concepto se
aceptarán notificaciones verbales.
b. La notificación de retiro deberá estar en la Junta antes del inicio
del Acto de Apertura de la subasta.
2. Efecto del Retiro Injustificado
Cuando un licitador retirare su oferta por correo y conste por el
matasello del correo federal que el retiro fue enviado antes del acto de
apertura, y éste llegare a la Junta después del acto de apertura, pero
antes de la adjudicación, la Junta no considerará esta oferta.
Si un licitador retirare su oferta, pero el matasellos del sobre refleja
hora y dÃa posterior del acto de apertura y se hubiere recibido en la
Junta después de la adjudicación a su favor, tendrá que cumplir con el
contrato y no podrá alegar el retiro tardÃo a su favor. En caso de
negarse a cumplir, se procederá a ejecutar la garantÃa para que
responda por el exceso que el Departamento o la agencia componente
tenga que pagar al segundo postor.
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