Regl. 6471, art. IV-407 dup2
Desembolso de los Incentivos
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Cite as Reglamento Núm. 6471, Art. IV-407 dup2
407.1
Forma de Efectuar los Desembolsos
Los incentivos podrán desembolsarse total o progresivamente según lo
establezca el Administrador de Fomento Cooperativo en las resoluciones
donde los apruebe y luego de verificarse que previo al desembolso, el
organismo cooperativo ha cumplido con todos y cada uno de los
requisitos establecidos por la Administración.
407.2
Responsabilidad por el Desembolso de los Incentivos
El Administrador Auxiliar a Cargo de Gerencia tendrá la responsabilidad
de desembolsar los incentivos, asà como recuperarlos cuando ello sea
parte del convenio de otorgamiento.