Regl. 6471, art. IV-407 dup2

Desembolso de los Incentivos

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Cite as Reglamento Núm. 6471, Art. IV-407 dup2

407.1 Forma de Efectuar los Desembolsos Los incentivos podrán desembolsarse total o progresivamente según lo establezca el Administrador de Fomento Cooperativo en las resoluciones donde los apruebe y luego de verificarse que previo al desembolso, el organismo cooperativo ha cumplido con todos y cada uno de los requisitos establecidos por la Administración. 407.2 Responsabilidad por el Desembolso de los Incentivos El Administrador Auxiliar a Cargo de Gerencia tendrá la responsabilidad de desembolsar los incentivos, así como recuperarlos cuando ello sea parte del convenio de otorgamiento.
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