Regl. 6471, art. V-502 dup2
Determinación de Tarifas
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Cite as Reglamento Núm. 6471, Art. V-502 dup2
502.1
Determinación de Tarifas por Servicios Profesionales y Técnicos
Prestados por la Administración
a) Las tarifas por hora a cobrar por los servicios indicados en la Sección
501 (a) al (f) anterior, se fijarán de acuerdo a los siguientes factores:
1) Sueldo del funcionario o funcionarios que prestan los servicios.
Para determinar el sueldo por hora, se dividirá el sueldo
mensual del funcionario entre 152, que es el promedio de horas
laborables por mes.
2)
Costos de Materiales
El costo de materiales necesarios para prestar los servicios se
determinará a base del costo de los materiales, suministros y
piezas consumidos anualmente por la Administración, dividido
entre el número de empleados activos de la Administración.
Esta operación dará el costo anual promedio por persona gastado
en los renglones antes mencionados. Este resultado se
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computará a base del costo por hora para aplicarlo al tiempo
dedicado por los funcionarios a los servicios a facturar por la
Administración. Esta operación se revisará anualmente, para
ajustarla a las fluctuaciones en el costo de los materiales,
suministro y piezas. En caso que sea necesario adquirir
materiales para un servicio especÃfico, que no sean materiales
regularmente usados por los funcionarios y suministrados por la
Administración, se llevará récord del costo de los mismos, a los
fines de incluirlos en la facturación final de los servicios.
3) Costos de Supervisión
Para determinar el elemento de costo de supervisión del trabajo
realizado por los funcionarios a cargo de prestar determinado
servicio, se dividirá el sueldo mensual de los supervisores
directos entre el número de empleados supervisados. El
resultado de esta operación se dividirá entre 152, y el nuevo
resultado obtenido se aplicará al tiempo dedicado por los
funcionarios a los servicios a recobrar por la Administración.
4) Gastos de Viaje y Dietas
Los gastos de viaje y dieta incurridos en la prestación de
servicios reembolsables a la Administración, se facturarán a
base de las cantidades reclamadas por los funcionarios por estos
conceptos.
A tales efectos, los funcionarios a cargo de prestar los servicios
someterán una relación de los gastos de esta naturaleza
correspondientes a los servicios prestados para incluirlos en la
facturación final.
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5)
Otros Gastos
Aquellos otros costos incidentales a la prestación de los
servicios, tales como llamadas telefónicas, facturarán a base de
los costos realmente incurridos.
b) La tarifa a cobrarse por el arrendamiento de equipo y vehÃculos de
motor de la Administración la determinará la División de Finanzas y
Contabilidad, a base de la vida útil del equipo en cuestión y
siguiendo las prácticas aprobadas en estos casos. Al fijar las tarifas de
los vehÃculos de motor se considerará la experiencia de la Oficina de
Transporte en estos casos.