Regl. 6474, art. XIII-13.6

Reglamento para el Licenciamiento y Supervisión de Hogares de Cuidado.

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Cite as Reglamento Núm. 6474, Art. XIII-13.6

Ningún solicitante a empleo 0 empleado con antecedentes de maltrato y negligencia a menores, podrá trabajar en un establecimiento para menores.
Regl. 6474, art. XIII-13.6: Reglamento para el Licenciamiento y Supervisión de Hogares de Cuidado. | Justis AI