Regl. 6474, art. XIII-13.6
Reglamento para el Licenciamiento y Supervisión de Hogares de Cuidado.
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Cite as Reglamento Núm. 6474, Art. XIII-13.6
Ningún solicitante a empleo 0 empleado con antecedentes de maltrato y negligencia a
menores, podrá trabajar en un establecimiento para menores.