Regl. 6475, art. IV-4.3

Planta Física

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Cite as Reglamento Núm. 6475, Art. IV-4.3

a. El hogar de cuidado deberá estar accesible a los recursos de la comunidad y a los medios de transportación pública. b. Contará con las siguientes facilidades: 1. sala 2. comedor 3. cocina 4. dormitorios 5. servicio sanitario 6. área recreativa C. Contará con mallas contra insectos en sus ventanas y puertas al exterior, de ser necesario. 6
Regl. 6475, art. IV-4.3: Planta Física | Justis AI