Regl. 6476, art. IV-4.1
Estudio Social
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Cite as Reglamento Núm. 6476, Art. IV-4.1
El hogar de crianza se someterá a un estudio social completo que evidencie la capacidad de
la madre o el padre de crianza para ejercer dicho rol de manera efectiva. Este estudio deberá
considerar aspectos relativos al funcionamiento individual de cada miembro de la familia, asÃ
como aspectos de relaciones interfamiliares.