Regl. 6476, art. IV-4.1

Estudio Social

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Cite as Reglamento Núm. 6476, Art. IV-4.1

El hogar de crianza se someterá a un estudio social completo que evidencie la capacidad de la madre o el padre de crianza para ejercer dicho rol de manera efectiva. Este estudio deberá considerar aspectos relativos al funcionamiento individual de cada miembro de la familia, así como aspectos de relaciones interfamiliares.
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