Regl. 6476, art. VIII-8.1

Equipo Personal de las/os niñas/os

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Cite as Reglamento Núm. 6476, Art. VIII-8.1

a. Todo niño/a tendrá su propia cama, la cual estará en buenas condiciones. No se aceptará cauchos. No se permitirán niñas/os menores de siete años en la cama alta de la litera. 12 b. Se suplirá todo equipo ortopédico recomendado por el médico. C. Se suministrará todo equipo educativo, recreativo y de adiestramiento que la/el niña/o necesite para su desarrollo. d. Se facilitará sábanas, fundas, frisa, almohadas, todo material para el aseo personal, cepillo y peine de cabello, entre otros. Todo estará en buenas condiciones. e. Se proveerá espacio para guardar su ropa, juguete, libros y artículos de uso personal. f. El hogar proveerá el material escolar necesario a las/os niñas/os que asistan a la escuela. Se le proveerá el lugar adecuado para estudiar. g. Se proveerá ropa suficiente y en buenas condiciones, adecuada a sus edades y al estilo apropiado.
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