Regl. 6476, art. XII-12.8

Reglamento para el Licenciamiento y Supervisión de Hogares de Crianza.

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Cite as Reglamento Núm. 6476, Art. XII-12.8

Los padres de crianza no utilizarán las habilidades y destrezas de los niños colocados para su lucro personal.
Regl. 6476, art. XII-12.8: Reglamento para el Licenciamiento y Supervisión de Hogares de Crianza. | Justis AI