Regl. 6476, art. XI-11.2

Medidas de Seguridad, Medicamentos u Otros

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Cite as Reglamento Núm. 6476, Art. XI-11.2

a. El hogar de crianza contará con material básico de primera ayuda. Este junto a los medicamentos deberán ser guardadas bajo llave y fuera del alcance de las/os niñas/os. b. Materiales de limpieza y otros se mantendrán en un lugar fuera del alcance de las/os niñas/os. C. El hogar de crianza deberá tener disponible una linterna de baterías para usarse de ser necesario en casos de fallas en el sistema de alumbrado eléctrico.
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